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normas

Nro. Interno: O-5271

Expediente H.C.D.: 1997/1037

Acto: ORDENANZA MUNICIPAL 11045 Texto    PDF    Actualizado    PDF Actualizado

Expediente D.E.: 1996/9/25355

Sanción: 06/02/1997

Promulgación: 17/02/1997

Publicación: 26/02/1997

Boletín N°: 1496 - Pág.: 2

Contenido: Establece que en el distrito R7 se permitirá la construcción de cercos divisorios en ladrillo u otro material, hasta una altura máxima de 1,80 metros. En los sectores comprendidos entre la línea municipal y la línea de edificación los cercos divisorios serán de iguales características y de una altura máxima de 0,50 metros. Establece las características de la zona IV.

Observaciones:

  • No hay observaciones para esta norma.

Alcance Normativo: General

Carácter: Permanente

Recopilación: No



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