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normas
Nro. Interno: O-5271
Expediente H.C.D.: 1997/1037
Acto: ORDENANZA MUNICIPAL 11045 Texto PDF Actualizado PDF Actualizado
Expediente D.E.: 1996/9/25355
Sanción: 06/02/1997
Promulgación: 17/02/1997
Publicación: 26/02/1997
Boletín N°: 1496 - Pág.: 2
Contenido: Establece que en el distrito R7 se permitirá la construcción de cercos divisorios en ladrillo u otro material, hasta una altura máxima de 1,80 metros. En los sectores comprendidos entre la línea municipal y la línea de edificación los cercos divisorios serán de iguales características y de una altura máxima de 0,50 metros. Establece las características de la zona IV.
Descriptores: CERCOS DISTRITOS REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES
- Modifica: ORDENANZA MUNICIPAL 6997 art. 3.2.4.5., inc. a) ap. 2) art. 3.2.8. Texto PDF
- Modifica: ORDENANZA MUNICIPAL 12414 art.1 Texto PDF
Observaciones:
- No hay observaciones para esta norma.
Alcance Normativo: General
Carácter: Permanente
Recopilación: No