Biblioteca-HCD
digesto discapacidad
Nro. Interno: O-19425
Expediente H.C.D.: 2021/1577 Dígito: VM
Acto: ORDENANZA MUNICIPAL 25300 Texto PDF Actualizado PDF Actualizado
Expediente D.E.: 2021/7/10827 Cpo1
Sanción: 28/10/2021
Promulgación: 16/11/2021
Publicación: 25/11/2021
Boletín N°: 253 - Pág.: 4
Decreto Promulgación N°: 2009-21
Contenido: Dispone que para la habilitación y funcionamiento de los jardines maternales de gestión privada de Partido que no se encuentren incluidos en la eseñanza oficial, se deberá dar cumplimiento a las disposiciones de la Provincia, autorización de uso de suelo de la Municipalidad, normas de seguridad e higiene. La Municipalidad otorgará la habilitación una vez obtenido la autorización de la Dirección de Educación de Gestión Privada (DIEGEP). Define Jardin Maternal, establece un Registro Público de Jardines Maternales. Establece un plazo de tres años para aquellos que no cuenten con la habilitación provincial puedan realizar las adecuaciones necesarias y progresivas para dar cumplimiento a la presente.
Descriptores: DIRECCION DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA HABILITACIONES JARDINES MATERNALES REGISTROS APROBADO POR UNANIMIDAD
- Abroga: ORDENANZA MUNICIPAL 6345 Texto PDF
- Abroga: ORDENANZA MUNICIPAL 9573 Texto PDF
- Modificada por: ORDENANZA MUNICIPAL 26508 Art. 4º Texto PDF
Observaciones:
- No hay observaciones para esta norma.
Alcance Normativo: General
Carácter: Permanente
Recopilación: Sí