Biblioteca-HCD

digesto discapacidad

Nro. Interno: O-19425

Expediente H.C.D.: 2021/1577 Dígito: VM

Acto: ORDENANZA MUNICIPAL 25300 Texto    PDF    Actualizado    PDF Actualizado

Expediente D.E.: 2021/7/10827 Cpo1

Sanción: 28/10/2021

Promulgación: 16/11/2021

Publicación: 25/11/2021

Boletín N°: 253 - Pág.: 4

Decreto Promulgación N°: 2009-21

Contenido: Dispone que para la habilitación y funcionamiento de los jardines maternales de gestión privada de Partido que no se encuentren incluidos en la eseñanza oficial, se deberá dar cumplimiento a las disposiciones de la Provincia, autorización de uso de suelo de la Municipalidad, normas de seguridad e higiene. La Municipalidad otorgará la habilitación una vez obtenido la autorización de la Dirección de Educación de Gestión Privada (DIEGEP). Define Jardin Maternal, establece un Registro Público de Jardines Maternales. Establece un plazo de tres años para aquellos que no cuenten con la habilitación provincial puedan realizar las adecuaciones necesarias y progresivas para dar cumplimiento a la presente.

Observaciones:

  • No hay observaciones para esta norma.

Alcance Normativo: General

Carácter: Permanente

Recopilación:



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