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digesto discapacidad

Nro. Interno: O-11541

Expediente H.C.D.: 2006/1072

Acto: ORDENANZA MUNICIPAL 17259 Texto    PDF    Actualizado    PDF Actualizado

Expediente D.E.: 2006/7/3066

Sanción: 23/02/2006

Promulgación: 07/03/2006

Publicación: 09/05/2006

Boletín N°: 1916 - Pág.: 14

Decreto Promulgación N°: 507-06

Contenido: Modifica el artículo 62º de la Ordenanza 7469 que, como Capítulo V forma parte de la Ordenanza 5936, referida al ingreso a la docencia municipal se establece un máximo de cincuenta (50) años de edad, Se exceptúa a los aspirantes que sobrepasan dicho limite, acrediten estar desempeñando y haberse desempeñado dentro de los últimos cinco (5) años en funciones docentes en el mismo nivel y hasta un máximo de cincuenta y cinco (55) años de edad y que no hubiera obtenido los beneficios jubilatorios.

Observaciones:

  • No hay observaciones para esta norma.

Alcance Normativo: Particular

Carácter: Permanente

Recopilación: No



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