Biblioteca-HCD

digesto ambiental

Nro. Interno: O-12382

Expediente H.C.D.: 2006/1715 Dígito: EF

Acto: ORDENANZA MUNICIPAL 18127 Texto    PDF    Actualizado    PDF Actualizado

Expediente D.E.: 2005/5/19286

Sanción: 21/06/2007

Promulgación: 10/07/2007

Publicación: 26/07/2007

Boletín N°: 1979 - Pág.: 19

Decreto Promulgación N°: 1448-07

Contenido: Modifica varios artículos de la ordenanza nº 13647, referida a que se entiende por Pequeños Hogares para la Tercera Edad todo aquel establecimiento que brinde cuidado, alojamiento, comida y asistencia en forma permanente a personas mayores de sesenta (60) años de ambos sexos, las cuales deberán ser autoválidas, fijando en diez (10) el número máximo de personas de edad alojados, no pudiendo dichos hogares desarrollar la actividad de clinica geriátrica.

Observaciones:

  • No hay observaciones para esta norma.

Alcance Normativo: General

Carácter: Permanente

Recopilación:



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