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decretos

Nro. Interno: O-8862

Expediente H.C.D.: 2002/37 Dígito: NP

Acto: ORDENANZA MUNICIPAL 14605 Texto    PDF    Actualizado    PDF Actualizado

Expediente D.E.: 2002/6/3159

Sanción: 14/03/2002

Promulgación: 05/04/2002

Publicación: 27/06/2002

Boletín N°: 1692 - Pág.: 2

Decreto Promulgación N°: 841-02

Contenido: Modifica el artículo 15º inc. a) de la Ordenanza 9722, autoridad de aplicación habilitará como vehículos aptos a prestar el servicio de transporte escolar que no tengan más de quince (15) años desde la fecha de su fabricación los colectivos y diez (10) años las combis, debiendo cumplimentar una verificación técnica vehícular semestral (VTV) en los centros habilitados por el Municipio, a partir de los diez (10) años su fabricación los colectivos y cinco las combis. La vida uútil de estos vehículos, una vez habilitados será de veinte (20) años en el primer caso y diez (10) años el segundo. El Beneficiario firmará una declaración jurada comprometiéndose a dar de baja el vehículo después de veinte (20) años de su fabricación.

Observaciones:

  • No hay observaciones para esta norma.

Alcance Normativo: Particular

Carácter: Transitorio

Recopilación: No



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