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Nro. Interno: (no posee)

Expediente H.C.D.: (no posee)

Acto: ORDENANZA MUNICIPAL 1063 Texto    PDF    Actualizado    PDF Actualizado

Expediente D.E.: 1958/S/4495

Sanción: 22/12/1958

Promulgación: 31/12/1958

Publicación: 31/12/1958

Boletín N°: 244 - Pág.: 693

Contenido: Declara obligatorio combatir y exterminar las moscas en los locales, establecimientos y actividades que, por disposiciones legales, se encuentren sujetos a control e inspección de sanidad o higiene. Determina las medidas combativas obligatorias y requisitos que deben llenarse en determinados establecimientos (locales, caballerizas, criaderos de animales, estables y similares, recintos en los que se elaboren o depositen alimentos, curtiembres, hornos de ladrillos, fábricas de gusano, triperías y actividades análogas) y por los vendedores ambulantes. Prevé medidas de difusión y de prevención y sanciones por incumplimiento.

Descriptores: DESINFECCION HIGIENE

Observaciones:

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Alcance Normativo: General

Carácter: Permanente

Recopilación: No



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