Biblioteca-HCD
normas
Nro. Interno: O-
Expediente H.C.D.: (no posee)
Acto: DECRETO D.E. 1570-98 Texto PDF Actualizado PDF Actualizado
Expediente D.E.: 1998/3/00288
Sanción: 12/08/1998
Promulgación: (sin fecha)
Publicación: 22/10/1998
Boletín N°: 1537 - Pág.: 20
Contenido: La metodología a aplicarse para la instrumentación del boleto docente, se regirá por la presente Reglamentación. El Consejo Escolar deberá presentar en forma anual, treinta (30) días antes a la finalización del ciclo lectivo, ante la Unión Transitoria de Empresas "El Libertador", los listados de personal docente y no docente afectado al funcionamiento de los comedores escolares. Deberán contener la siguiente información: Apellidos y Nombres del personal afectado, Nº de documento, domicilio, Nombre de la Empresa y línea que utiliza y días y horarios en que se concurre al comedor escolar.
Descriptores: BOLETO DOCENTE TRANSPORTE COLECTIVO
- Reglamenta: ORDENANZA MUNICIPAL 11623 Texto PDF
Observaciones:
- No hay observaciones para esta norma.
Alcance Normativo: General
Carácter: Permanente
Recopilación: Sí