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digesto discapacidad
Nro. Interno: O-417
Expediente H.C.D.: 1985/1202
Acto: ORDENANZA MUNICIPAL 6312 Texto PDF Actualizado PDF Actualizado
Expediente D.E.: 1985/5/12708
Sanción: 22/08/1985
Promulgación: 30/08/1985
Publicación: 03/10/1985
Boletín N°: 1258 - Pág.: 1
Abrogación: ORDENANZA MUNICIPAL 9784 Texto PDF
Contenido: Declara de utilidad pública y de pago obligatorio a las obras de forestación de veredas.Autoriza al D.E. a realizar la obra por etapas, zonas o períodos y a llamar a licitación pública para la plantación, cambio o reposición de árboles en las aceras de las calles y avenidas, con las especies que se enumeran en anexo a la ordenanza. Responsabiliza a los frentistas de la conservación y cuidado de los árboles que se coloquen en sus veredas. Preveé sanciones por poda, corte o mutilación no autorizadas.
Descriptores: AMBIENTE ARBOLADO PODA UTILIDAD PUBLICA
Observaciones:
- Remite a Ord. 4422 y Ord. Gral. 165 secc. V.
Alcance Normativo: General
Carácter: Permanente
Recopilación: No