Biblioteca-HCD
digesto discapacidad
Nro. Interno: O-463
Expediente H.C.D.: 1985/1317
Acto: ORDENANZA MUNICIPAL 6364 Texto PDF Actualizado PDF Actualizado
Expediente D.E.: 1985/7/21100
Sanción: 10/10/1985
Promulgación: 18/10/1985
Publicación: 14/11/1985
Boletín N°: 1259 - Pág.: 23
Contenido: Reglamenta la extracción de minerales de tercera categoría que se encuentran dentro del Partido de General Pueyrredon. Se entiende por tales: arena, canto rodado, pedregullo, tosca, rocas de aplicación como piedra laja, granitos, mármoles y piedras para enlucido o revestimiento. Establece las áreas de extracción, tramitación de los permisos, y queda prohibida la explotación extractiva en zona forestada con una densidad igual o mayor a doscientos árboles por hectárea. Establece condiciones para las voladuras, manejo, transporte y uso de explosivos.
Descriptores: AMBIENTE ARENA BATAN CANTERAS CHAPADMALAL EXPLOSIVOS PIEDRA SUELOS
- Abroga: ORDENANZA MUNICIPAL 325 Texto PDF
- Abroga: RESOLUCIÓN 1908/02/19
- Abroga: DECRETO D.E. 1945/09/06
- Abroga: DECRETO ORDENANZA 221-56 Texto PDF
- Derogada por: ORDENANZA MUNICIPAL 6389 inc. e del art. 4º
- Reglamentada por: DECRETO D.E. 2190-85 Texto PDF
Observaciones:
- Remite a Ley Nac. 20429 (ley Nacional de Armas), Ord. 4544-. Ver C.O.T. 6.9.1.3.a).
Alcance Normativo: General
Carácter: Permanente
Recopilación: Sí