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Nro. Interno: (no posee)

Expediente H.C.D.: (no posee)

Acto: DECRETO D.E. 649-67 Texto    PDF    Actualizado    PDF Actualizado

Expediente D.E.: (no posee)

Sanción: 13/07/1967

Promulgación: 01/01/1900

Publicación: 14/07/1967

Boletín N°: 621 - Pág.: 402

Contenido: La Municipalidad tendrá a su cargo proveer boletos a las empresas de Transporte C. de Pasajeros. Al retirarlos, las empresas abonarán el importe correspondiente y el 1 para contribución al Fondo del Transporte. Establece los requisitos a llenar en las solicitudes y asimismo que sólo se aceptarán empresas autorizadas por la Superintendencia de Seguros, a los fines del seguro obligatoriode pasajeros. Pone a cargo de la Subdirección de Transporte controlar que los boletos que expendan las empresas están debidamente intervenidos por la Municipalidad

Descriptores: TRANSPORTE COLECTIVO

Observaciones:

  • Remite a art. 14, Decr. Gral. de Transporte de Pasajeros del 28-12-66. Ver Ord. 1921

Alcance Normativo: General

Carácter: Permanente

Recopilación: No



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