Biblioteca-HCD
digesto discapacidad
Nro. Interno: (no posee)
Expediente H.C.D.: (no posee)
Acto: DECRETO D.E. 649-67 Texto PDF Actualizado PDF Actualizado
Expediente D.E.: (no posee)
Sanción: 13/07/1967
Promulgación: 01/01/1900
Publicación: 14/07/1967
Boletín N°: 621 - Pág.: 402
Abrogación: DECRETO D.E. 1308-71 Texto PDF
Contenido: La Municipalidad tendrá a su cargo proveer boletos a las empresas de Transporte C. de Pasajeros. Al retirarlos, las empresas abonarán el importe correspondiente y el 1 para contribución al Fondo del Transporte. Establece los requisitos a llenar en las solicitudes y asimismo que sólo se aceptarán empresas autorizadas por la Superintendencia de Seguros, a los fines del seguro obligatoriode pasajeros. Pone a cargo de la Subdirección de Transporte controlar que los boletos que expendan las empresas están debidamente intervenidos por la Municipalidad
Descriptores: TRANSPORTE COLECTIVO
Observaciones:
- Remite a art. 14, Decr. Gral. de Transporte de Pasajeros del 28-12-66. Ver Ord. 1921
Alcance Normativo: General
Carácter: Permanente
Recopilación: No