Biblioteca-HCD
digesto discapacidad
Nro. Interno: (no posee)
Expediente H.C.D.: (no posee)
Acto: DECRETO D.E. 430-90 Texto PDF Actualizado PDF Actualizado
Expediente D.E.: (no posee)
Sanción: 26/03/1990
Promulgación: 01/01/1900
Publicación: 01/06/1990
Boletín N°: 1343 - Pág.: 28
Contenido: Declara facultades exclusivas del Servicio de Medicina Laboral la constitución de Junta Médica y la determinación de la modalidad de la misma y del lugar y fecha en que se realizará. Dicha área dispondrá los profesionales que integrarán la Junta, sin perjuicio de convocar especialistas para el mejor cometido. La concurrencia del médico tratante será optativa y por cuenta y cargo del agente. El dictamen de la Junta será irrecurrible
Descriptores: ADMINISTRACION DE PERSONAL LICENCIAS MEDICAS
- Reglamenta: ORDENANZA MUNICIPAL 5936 art. 77 Texto PDF
- Modifica: DECRETO D.E. 871-84 Reglamento de Licencias Médicas, punto 23 Texto PDF
Observaciones:
- No hay observaciones para esta norma.
Alcance Normativo: General
Carácter: Permanente
Recopilación: No