Biblioteca-HCD

digesto ambiental

Nro. Interno: O-2543

Expediente H.C.D.: 1990/1758 Dígito: V

Acto: ORDENANZA MUNICIPAL 8436 Texto    PDF    Actualizado    PDF Actualizado

Expediente D.E.: (no posee)

Sanción: 03/12/1991

Promulgación: 26/12/1991

Publicación: 03/12/1992

Boletín N°: 1368 - Pág.: 7

Contenido: Incorpora al artículo sobre sanciones por Incumplimiento de Otras Disposiciones, del Reglamento General de Construcciones, las referentes a loteos o fraccionamiento de tierras que impliquen la creación de núcleos urbanos, mediante ventas realizadas en forma particular, de oficinas inmobiliarias, o en remate público, sin las correspondientes autorizaciones provinciales y municipales, aún cuando la venta se halle encubierta bajo la forma de condominios en porcentajes de fracciones indivisas de tierra, violando los planes y normas de ordenamiento territorial del municipio. Gradúa las multas, convertibles en arresto. Considera responsables al titular del dominio y a los intermediarios (responsable de inmobiliaria o martillero interviniente). Hace responsable por las construcciones sin permiso al titular del dominio. Admite, como pago de las sanciones, la transferencia total o parcial de la fracción comprometida por la infracción. Detalla causas agravantes.

Observaciones:

  • No hay observaciones para esta norma.

Alcance Normativo: General

Carácter: Permanente

Recopilación:



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