Biblioteca-HCD

decretos

Nro. Interno: O-4741

Expediente H.C.D.: 1996/1387

Acto: ORDENANZA MUNICIPAL 10542 Texto    PDF    Actualizado    PDF Actualizado

Expediente D.E.: 1996/O/04151

Sanción: 16/05/1996

Promulgación: 28/05/1996

Publicación: 20/06/1996

Boletín N°: 1480 - Pág.: 10

Contenido: Establece las condiciones de habilitación para los vehículos denominado coche remise. Serán: a) Ser 0 Km. siendo su vida útil de 5 años a partir de la fecha de su fabricación. La reglamentación establecerá la definición de 0 Km., b) Tener cuatro puertas como mínimo, c) Tener cubrepiso de material antideslizante y lavable, d) Tener capacidad para cuatro pasajeros mayores como mínimo, e) Pesar 1.000 Kg. y tener 1800 c.c. de cilindrada como mínimo, f) Cumplir con los mismos controles mecánicos e higiénicos de los taxis y con la misma frecuencia g) Poseer seguro que cubra a terceros transportados y no transportados, robo e incendio, como mínimo.

Descriptores: REMISES VEHICULOS

Observaciones:

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Alcance Normativo: General

Carácter: Permanente

Recopilación:



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