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decretos

Nro. Interno: O-10323

Expediente H.C.D.: 2004/1244 Dígito: C

Acto: ORDENANZA MUNICIPAL 16049 Texto    PDF    Actualizado    PDF Actualizado

Expediente D.E.: 2003/7/11844

Sanción: 15/04/2004

Promulgación: 30/04/2004

Publicación: 03/09/2004

Boletín N°: 1836 - Pág.: 4

Decreto Promulgación N°: 979-04

Contenido: Modifica el artículo 15º incisos b) y h) de la Ordenanza nº 9722 y sus modificatorias, referida a que la autoridad de aplicación habilitará como vehículos aptos a prestar el servicio de transporte escolar a aquellos automotores que en el caso de los colectivos posean por lo menos dos (2) puertas, cada una de ellas en cada costado de la unidad, de ingreso y egreso de las personas transportadas, no podrán ser accionadas por éstas sino que deberán responder a la voluntad del conductor y comando del mismo. Asimismo, dispondrán de una puerta de salida de emergencia ubicada en el extremo distinto de aquellas o lunetas trasera expulsable o volcable, que se pueda operar tanto desde el interior como desde el exterior del vehículo. Se presentea inspección de la autoridad de aplicación cada vez que así se requiera, debiendo realizarse no menos de una verificación técnica anual de interior y carrocería. Prohibe el ascenso y descenso de pasajeros a las unidades habilitadas como transporte escolar desde la calzada, debiéndose realizar el mismo desde la acera que se correspondan con la ubicación de la puerta de la unidad en cuestión.

Observaciones:

  • No hay observaciones para esta norma.

Alcance Normativo: General

Carácter: Permanente

Recopilación: No



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