Biblioteca-HCD
decretos
Nro. Interno: O-2264
Expediente H.C.D.: 1990/1782 Dígito: F
Acto: ORDENANZA MUNICIPAL 8157 Texto PDF Actualizado PDF Actualizado
Expediente D.E.: 1991/7/3538
Sanción: 06/03/1991
Promulgación: (sin fecha)
Publicación: 03/04/1991
Boletín N°: 1355 - Pág.: 8
Abrogación: ORDENANZA MUNICIPAL 20276 Texto PDF
Contenido: Prohibe las inscripciones Cambio, Trocco, Exchance, Divisa u otras que induzcan a confusión o permitan interpretaciones ambiguas, en los comercios habilitados por el Banco Central para operaciones de cambio de moneda extranjera. Obliga, a las agencias o casas de cambio habilitadas por el Banco Central, a inscribir en su frente de manera facilmente legible: Agencia Autorizada por el B.C.R.A., con el correspondiente número de inscripción. Establece sanciones para casos de incumplimiento.
Descriptores: CASAS DE CAMBIO PUBLICIDAD
Observaciones:
- Publicada nuevamente en el B.M. 1365, 13-1-92, página 17.
Alcance Normativo: General
Carácter: Permanente
Recopilación: No